viernes, 12 de diciembre de 2014

LAS INSTITUCIONES CULTURALES DEL VALLE DEL CAUCA: UN FUTURO INCIERTO

Por: Alejandra Alfaro García

El Valle del Cauca se ha caracterizado por ser cuna de artistas de talla internacional, exaltados por importantes instituciones y catapultados para alcanzar un lugar en los grandes salones de la exposición cultural. Su formación, como artistas,  ha sido fruto de disciplina constante y del apoyo de entidades de esta región, especializadas y creadas para atender sus demandas.

Entre estas importantes canteras de artistas, contamos con Incolballet cuyo enfoque está centrado en la danza; con el Instituto Departamental de Bellas Artes dedicado a formar en artes plásticas, escénicas, visuales y musicales. Adicionalmente, la Biblioteca Departamental se encarga de promover a través de la lectura, la identidad y diversidad cultural y patrimonial del Valle del Cauca.

En los últimos meses, se han levantado fuertes rumores que aseguran que estas importantes instituciones culturales están próximas a desaparecer. La razón,  es una sola: los recursos destinados para su sostenimiento, en 2013, por la Ordenanza 385, no les llegaron a tiempo. Entre los argumentos señalados para este incumplimiento se encuentran las condiciones financieras del Departamento que debió acogerse a la Ley 550 de 1999. Esta  obliga a las entidades del sector público a incurrir en una restructuración de sus pasivos con los bancos, en la medida en que se encuentran incapaces para cubrir sus gastos de inversión y funcionamiento.

El déficit financiero al cual se refiere la administración actual, tiene sus antecedentes. Para comenzar, el mandato del exgobernador, Juan Carlos Abadía, quien, con base en vigencias futuras, comprometió la liquidez del Departamento por 12 años. Se supone que estos recursos se destinaron a financiar obras de infraestructura por 325 millones de dólares. A renglón seguido, el gobernador Héctor Fabio Useche se dispuso recuperar la solvencia financiera de las entidades insignias de la cultura del departamento; sin embargo, aumento la crisis incrementando los gastos de funcionamiento, más allá del 50% de los ingresos corrientes de libre destinación, establecidos por la ley 617 de 2000, llevando al departamento a bajar de su categoría especial. Con la llegada del actual gobernado Ubeimar Delgado, llegó la ley 550 a  obligar a la administración Departamental a recortar los gastos de funcionamiento. Fue allí donde resultaron afectados los institutos descentralizados dedicados al arte y la cultura y pese a que el actual gobierno se comprometió a girarles recursos por $3.400 millones de pesos, los recursos no han sido girados.

Para aliviar la crisis, las instituciones culturales afectadas pidieron apoyo al Municipio de Cali argumentando que sus habitantes son los principales beneficiarios. Ante esta solicitud el gobierno local incluyó para el 2015, $1.100 millones que se distribuirán entre Bellas Artes, Incolballet, Biblioteca Departamental e Inciva. Si bien estos recursos alivian su situación financiera no son suficientes para su sostenibilidad.

Ante tal situación es necesario  que el Departamento, desde su Administración establezca un derrotero cultural para la región con el fin de darle a cada una de estas instituciones el músculo financiero que demandarían esas políticas. Quedaría pendiente el debate acerca de qué entidad territorial debe responsabilizarse totalmente de estos servicios, porque el director de Hacienda de Cali manifestó su desacuerdo con asumir esa responsabilidad. Cali paga el mayor porcentaje de impuestos que percibe el departamento: el impuesto al consumo (licores, cigarrillos, cerveza entre otros), el impuesto al rodaje de vehículos, entre otros.

 Esta situación debe ser resuelta con prontitud y de manera acertada para favorecer las demandas ciudadanas en materia cultural, teniendo en cuenta que algunas de estas instituciones se encuentran  en cese de actividades a la espera de contar con una mayor solvencia financiera.




martes, 25 de noviembre de 2014

El Reglamento Interno en el Concejo Municipal de Cali

Las funciones de los concejos municipales y su estructura administrativa están contempladas en la Constitución Política de Colombia y en la Ley 136 de 1994. El artículo 31 de la ley, establece que: “los concejos expedirán un reglamento interno para su funcionamiento, y para su cumplimiento en algunos aspectos”; el reglamento del Concejo de Cali hace referencia  a este artículo.
Con base en lo anterior, a partir  del 2013 cuenta con un Reglamento Interno reformado y aprobado por medio de la resolución 21.2.22.583 con base en las atribuciones, que la mesa directiva presidida por el concejal José Fernando Gil recibió de todos los integrantes de la Corporación,  mediante Acuerdo 0349 de Julio de 2013.
Este proceso se dio debido a la desactualización del reglamento anterior frente a normas posteriores que incorporan nuevos procedimientos al interior de las corporaciones de elección popular, como la Moción de Censura, la Ley de Bancadas, la reforma a las reglas de votación, y la Ley de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Ante estos avances legislativos, concejales como Clementina Velez en el periodo 2004 – 2007  y conjuntamente con Wilson Arias entre el 2008 y el 2011 intentaron modificarlo y ponerlo a tono con las normas señaladas, pero la ausencia de  voluntad política del resto de dignatarios, lo impidió.
Refiriéndome ahora a la aplicación del reglamento interno y a pesar del esfuerzo, puedo señalar, con base en mi asistencia periódica a las sesiones, que es precaria; por ejemplo en temas de orden y compostura de los concejales, es común verlos utilizando palabras indebidas e irrespetando a los demás miembros de la corporación y los secretarios de la administración; el llamado a lista, responsabilidad del Secretario del Concejo, se ha caracterizado por realizarse espaciadamente para dar tiempo a la conformación del quórum y se ha vuelto costumbre establecer recesos de quince minutos para iniciar las respectivas sesiones, incluso hay ocasiones donde las comisiones empiezan treinta minutos después de lo establecido en el Reglamento, esto le resta dinámica y tiempo a los invitados o citados para sus intervenciones (artículos: 57, 72, y 77 del reglamento interno).
De lo anterior se infiere que los concejales no se han apropiado de su reglamento; por tal razón, le restan eficiencia y eficacia a los debates. Además, independiente de la existencia o no de un reglamento sus comportamientos distan mucho de lo recomendado en la  “Urbanidad de Carreño”, dejando una lección para la Ciudad, nada legitimadora de su gestión. 

Por: Alejandra Alfaro García

lunes, 27 de octubre de 2014

Antenas de telecomunicaciones y su regulación por parte del POT.


por: Alejandra Alfaro García

La sentencia de la Corte Constitucional T-397 del 26 de junio de este año “ordena al Ministerio de las TIC regular la distancia prudente entre las torres de telefonía móvil y las viviendas, instituciones educativas, hospitales y hogares geriátricos”. Esto significa limitar los espacios en los que se instalan este tipo de antenas, en el país.
Basándose en la anterior sentencia y aunque el Ministerio, a la fecha en la cual se presentó, estudió y aprobó el POT no había establecido la regulación respectiva, la Administración Municipal, en principio, propuso “regular la instalación de antenas a una distancia de 200 metros entre estaciones bases de antenas de comunicaciones y 150 metros entre una estación de comunicaciones y un colegio, hospital, centro geriátrico, etc.”[1] Respecto de lo anterior, el comisionado de la Comisión de Regulación de  Comunicaciones (CRC) señaló, que si esa medida prosperaba, el 70% de los caleños se quedarían sin cobertura de telefonía celular.

Por su parte, los integrantes de la Comisión de Plan y Tierras del Concejo, encargados de aprobar el POT en primer debate, aprobaron el artículo 200    estableciendo la distancia entre antenas: de 200mt propuestos a 250mt entre torre y torre.

Durante las sesiones, los concejales enfatizaron en  la salud de los caleños, posiblemente afectada por las radiaciones electromagnéticas que generan torres de alta tensión, antenas de telefonía móvil, WI-FI, etc.[2] a pesar de que entidades como la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) no comparta  estudios y advertencias sobre numerosas patologías detectadas, como el cáncer.
Otro asunto relacionado con el tema, aprobado por la Corporación y que tiene en vilo la sanción del Plan de Ordenamiento Territorial por el Alcalde, exige que los operadores “tramiten una autorización de uso de suelos, lo que implica que quien pretenda instalar antenas, debe solicitar un permiso a los habitantes del sector, donde va a ser ubicada. Es posible que esta exigencia de algunos concejales, en momentos en que se aprobaba el POT, en segundo debate, se haya dado a consecuencia de la caída de una antena, desde el último piso del edificio Carvajal, en pleno centro de Cali y que llevó al Personero a señalar, que “actualmente el 44% de las antenas de telecomunicaciones funcionan sin licencia”[3].  

No obstante a lo anterior según el Alcalde encargado Javier Pachón explico que: no es posible exigir usos del suelo a los operadores de las TIC. “[…] eso implica la necesidad de pedir autorización a los vecinos y […] nunca tendríamos la autorización para brindar ese servicio, poniendo en peligro  […]  las comunicaciones para la Ciudad”[4]

Por último, señalo los conceptos  del concejal Fernando Alberto Tamayo, acerca de lo aprobado al respecto: “Nosotros proponemos que se instalen antenas verdes que se mimetizan, que no generan impacto visual para el tema urbanístico y que son amigables con el ser humano. La dificultad para los operadores es que son un tanto más costosas y la inversión se incrementa en un 30% o 40%”.[5]

viernes, 17 de octubre de 2014

Balance de Gestión Sesiones Extraordinarias Agosto - Septiembre 2014 - Concejo de Santiago de Cali

Introducción:


En las sesiones extraordinarias de Agosto y Septiembre, el Concejo de Cali tramitó cuatro proyectos presentados por el Alcalde, tres de ellos se convirtieron en Acuerdo y uno (el Programa Mínimo Vital de agua Potable) fue aprobado en primer de-bate (Ver cuadro adjunto). De ellos, concentró su atención “la re-visión y ajuste del Plan de Ordenamiento Territorial (POT)”, normatividad que define cómo puede la ciudad hacer uso de su suelo, estableciendo áreas protegidas, áreas para la vivienda, las vías, las actividades productivas, culturales y de esparcimiento.

Este informe es una síntesis de elementos recogidos por el equipo del Observatorio durante las sesiones que se cubrieron, las grabaciones institucionales sobre las sesiones, la información suministrada por la Corporación a través de su página web y los boletines o comunicados institucionales a la prensa local.

Hace énfasis en los proyectos que más demandaron la atención de la Corporación, en la asistencia a las sesiones de Comisión de Plan y Tierras y de Presupuesto que fueron las encargadas de aprobar en primer debate los proyectos señalados, en la dinámica de participación ciudadana generada en función del estudio del POT.

Facultades Pro tempore al Alcalde:

Entre las iniciativas aprobadas, mencionamos, por su importancia para la Ciudad, el proyecto 079. Este proyecto fue presentado por el Alcalde en las sesiones ordinarias y no fue estudia-do en ese momento, porque según algunos concejales “faltó tiempo para su estudio”. Según la exposición de motivos, buscaba obtener “facultades pro tempore para modificar el presupuesto en un 15%”; con el fin de incorporar a la ejecución de programas contenidos en el Plan de Desarrollo 36.290 millones provenientes del programa de Saneamiento Fiscal “destinados […] en particular a intervenciones sociales identificadas con miembros de las comunidades en los Territorios de Inclusión y Oportunidades, el programa de alimentación escolar y obras de infraestructura como la construcción de muros de contención en el sector rural y la rehabilitación de otras vías del Municipio”

Para estudiar este proyecto se convocó a once sesiones de comisión de Presupuesto, de las cuales dos no se realizaron por falta de quorum. En plenaria se aprobó con diez y ocho votos positivos y uno negativo. La asistencia de los concejales miembros de la Comisión se presenta en el gráfico adjunto.



Frente a la urgencia para aprobar este proyecto, por compromisos adquiridos con la fundación FORD, se generaron tensiones entre el Alcalde y algunos concejales. El primero argumentaba que “estaba recibiendo presiones burocráticas”; por su parte, los concejales argumentaron que “el Alcalde pretendía que el proyecto se aprobara a pupitrazo”. Sin embargo, el presidente de la Comisión José Uriel Rojas manifestó ante los medios que “faltó celeridad en el estudio del proyecto” y frente a las tensiones que se presentaron, señaló “que no  estaba de acuerdo con que al final se aprobara un proyecto tal y como lo había presentado el Alcalde”.

Plan de Ordenamiento Territorial:

El estudio del proyecto 074 por medio del cual se adopta la revisión ordinaria de contenido del Plan de Ordenamiento Territorial para Cali, fue iniciado el 07 de Julio y aprobado el 25 de Septiembre. Según informó la Presidencia de la Comisión de Plan y Tierras se citó a 50 sesiones, de las cuales se realizó el 74%. El 26% restante no se llevó a cabo y fue cancelado por falta de quorum o por inasistencia de alguno de los concejales ponentes Roy Alejandro Barreras y/o Luis Enrique Gómez.

La asistencia de los integrantes de la Comisión fue en promedio del 56% y la intermitencia del 25%. Los concejales que registraron mayor ausentismo fueron Michel Maya y Fernando Alberto Tamayo. Por su par-te, el concejal Juan Carlos Olaya registró la más alta asistencia y permanencia.

Con el voto negativo de dos de los veintiuno concejales se aprobó el Acuerdo y hoy, después de catorce años de haberse aprobado el primer POT para Cali, cumpliendo la Ley 388/97, la ciudad tiene una hoja de ruta renovada que tiene como visión “lograr un territorio líder, innovador, incluyente […], promoviendo un desarrollo urbano compacto […], consolidando su relación con los municipios vecinos […] y convirtiéndose en líder de la región”.

Los concejales que votaron negativamente fueron Patricia Molina y Juan Carlos Olaya. La primera argumentó que el proyecto “es inconstitucional porque se aprobó a espaldas de la ciudadanía y favorece los intereses particulares del alcalde y sus amigos […] lo que está estructurando (en el Plan) es una ciudad en donde se va a priorizar el orden de los territorios, funda-mentalmente para los negocios, al servicio de los inversionistas”( ver en www.patriciamolina.org) .. Para el concejal Olaya “faltó estudios sobre prevención de riesgos en la zona de ladera y no hubo consulta previa […] a las comunidades afro” ( ver en www.juancarlosolayamira.com )

No obstante, por ahora, el Acuerdo no ha sido sancionado. El Alcalde objetó dos parágrafos. El parágrafo 2 del artículo 199 cuyo contenido señala que “Se podrá instalar infraestructura de telecomunicaciones en pos-tes de alumbrado público previa autorización del Departamento Administra-tivo de Planeación Municipal, siempre y cuando cuenten con un plan de mi-metización, y no generen redes aéreas”. También objetó del capítulo III, concretamente el parágrafo 4 del artículo 238 referido a conservar “la permanencia del uso [del suelo], de equipamientos catalogados como bienes de interés cultural”.

La objeción al parágrafo 2 del artículo 199 se basa en que los operado-res de las antenas prestan un servicio público; razón por la cual, su función no demanda aprobarles o no, usos del suelo. La objeción al parágrafo 4 tiene que ver con el debate suscitado en mayo de este año en función de una posible venta de los parqueaderos de la Plaza de Toros a la firma Farabella para que la Fundación Plaza de Toros subsane su déficit actual y la firma construya otro gran centro comercial, adicional a Cosmocentro y al Paseo de la Quinta. En ese orden de ideas, el Concejo se pro-puso frenar ese propósito estableciendo el parágrafo en el cual estable-ce que el uso del suelo de equipamientos y espacios incorporados dentro de los mismos, que los complementan y que están catalogados como bienes de interés cultural se puede cambiar “mediante un acuerdo municipal previo concepto favorable del Comité Técnico de Patrimonio Cultural”. La Administración Local socia de la Fundación se opone a esta restricción.

La Participación Ciudadana en el POT:

La participación ciudadana es un mecanismo de la democracia que brinda a los ciudadanos la posibilidad de intervenir en los asuntos públicos. Para el proceso de formulación y aprobación del Plan de Ordenamiento Territorial POT, la ciudadanía caleña se pronunció en varios momentos: en reuniones convocadas por el Consejo Territorial del Planeación que es un órgano consultivo que representa diferentes estamentos de la sociedad civil; en eventos realizados por el Departamento Administrativo de Planeación y en eventos convocados por el Concejo (un cabildo abierto y cuatro sesiones). La intención: exponer sus preocupaciones y afectaciones contenidas en el Plan, así como propuestas y conceptos para enriquecerlo.

Los actos realizados en el Concejo contaron con un total de 172 intervenciones de ciudadanos y los asistentes tuvieron oportunidades para denunciar y expresar su inconformidad con el tratamiento recibido respecto de ciertos desarrollos urbanos y rurales que se dieron en Cali a partir de la aprobación del POT - 2000

Entre las denuncias expresadas durante las sesiones resaltamos algunas: “Solución a la inseguridad por la cercanía con el Estadio” (Comuna 19); “Inconformidad con el proyecto Ciudad Paraíso: muchas familias no quieren irse”; “Conservar los usos del suelo en San Antonio para que sea un barrio netamente residencial y conservar el Patrimonio” (Comuna 3); “Recuperación de la malla vial interna” (Comuna 4). Una denuncia recurrente, previa a la presentación del Proyecto al Concejo, fue la ausencia de participación ciudadana.

No obstante, la dinámica generada en esas sesiones, una sesión adicional de retroalimentación, aclaración o compromisos por parte de la Administración, no fue posible porque la mayoría de quienes asistieron a las sesiones de denuncia no regresaron. Sin embargo, y con base en las críticas ciudadanas por ausencia de participación, la presidencia de la Comisión de Plan y Tierras propuso la realización de una serie de mesas de trabajo equidistribuidas en la ciudad, las cuales fueron coordinadas por miembros de la misma Comisión, tal y como aparece en el cuadro adjunto.


Si bien se cumplieron las exigencias constitucionales y legales sobre participación ciudadanía todavía no hay claridad sobre el significado de estos procesos ni su alcance. Para la Administración municipal y el Concejo, este ejercicio es una muestra de eficiencia; no sabemos qué tanto de eficacia porque a pesar de que a la ciudadanía se le convoca, no asiste o si asiste no interviene porque la dinámica o el lenguaje, no lo permite; y si interviene, su intervención es más de denuncia que de aporte a la construcción del documento, aunque cabe resaltar la experiencia con líderes de la Comuna 22 donde varios vecinos prepararon sus aportes, los que casi no fueron escuchados por los funcionarios de Planeación.

En conclusión, el periodo de sesiones extraordinarias se caracterizó por extensas y agotadoras sesiones. Ahora la ciudadanía espera que con el concurso de todos los concejales se ejerza un control político técnico, comprometido con la Ciudad para que se desarrollen tal y como aprobaron, los 544 artículos del POT.

Equipo de Trabajo:
  • Rosalía Correa Young– Coordinadora
  • Diana Marcela Betancourt R.—Asistente
  • Stefanía Gaviria R.— Estudiante en practica Carrera de Ciencia Política Pontificia Universidad Javeriana Cali.
  • Alejandra Alfaro G.— Estudiante en practica Carrera de Ciencia Política Pontificia Universidad Javeriana Cali.
  • Jorge Eduardo Bracamonte V.— Estudiante en pasantía Carrera de Derecho Universidad Iberoamericana de Puebla –México.