jueves, 11 de agosto de 2011

01/02/2008 - BANCADAS DEL CONCEJO, EN DUDA

Rosalía Correa Young.
Coordinadora - Observatorio Cali Visible

Preocupa la aplicación de la Ley de Bancadas en el cabildo local. El mecanismo fortalece los partidos.

El Concejo de Cali inicio su gestión con ocho nuevos concejales. Varios de ellos obtuvieron la más alta votación de su partido, como Rodrigo Guerrero, quien logró la mayor votación del partido y la mayor votación en general. La ciudadanía deberá preguntarse qué tanto esta renovación contribuye al cambio; por ejemplo, al comportamiento por bancadas que obliga la Ley 974 del 2005 para las corporaciones públicas (Congreso, asambleas y concejos). El trabajo por bancadas fortalece los partidos porque los lleva a actuar en grupo y coordinadamente “en la toma de decisiones de temas en que los estatutos del respectivo partido o movimiento no establezcan como de conciencia”. Me preocupa su aplicación hoy; de igual manera, el liderazgo que ejercen los voceros de cada partido, que deberían ser quienes se lo ganaron obteniendo la mayor votación: Rodrigo Guerrero del Conservatismo; Carlos Hernando Pinilla del Liberalismo, José Fernando Gil de Cambio Radical, Wilson Arias del Polo Democrático, Álvaro Henry Monedero de Convergencia Ciudadana, y Jorge Eliécer Tamayo de Unidad Nacional. Digo que el liderazgo debería estar en cabeza de ellos porque fue la ciudadanía quien se los otorgó.

¿Por qué sería? Han tenido mayor visibilidad, mayor trayectoria política, social, económica; cuentan con nichos sociopolíticos sobre los cuales han incidido o han favorecido.
No obstante, y aunque ha habido decisiones trascendentales, para los cuales las bancadas podrían haber mostrado su disciplina y el liderazgo de su vocero, esto en dos casos particulares y de relevancia, no se ha evidenciado: el Conservatismo y el Partido de Unidad Nacional, la U.
Me refiero a la manera como se votó para elegir Contralora y Personero. Deberemos consultar con estos partidos que dicen sus estatutos al respecto:

¿Contemplan la objeción de conciencia por razones de credo o de conveniencia política? O por el contrario, ¿sus voceros no han logrado la disciplina de partido?

Finalmente, ¿qué dice el Reglamento Interno del Concejo sobre la materia? ¿Está actualizado? O la propuesta de reforma, durante el periodo anterior de la concejala Clementina Vélez, continúa archivada.

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